Resolución de 18 de abril de 2016,
conjunta de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de
Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones para la
aplicación efectiva, en el ámbito del sector público estatal, de las
previsiones de la disposición adicional duodécima de la Ley 48/2015, de 29 de
octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
Esto quiere decir que el
Gobierno autoriza el pago a partir del mes de abril de 2016 del importe
pendiente de cobro de la Paga Extraordinaria de diciembre del año 2012.
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DEFENDIENDO LA DIGNIDAD DEL EMPLEADO PÚBLICO
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