Hace ahora un año que
se publicó en el BOE la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Esta Ley regula las relaciones
externas entre la Administración y los ciudadanos, la cual pretende implantar
una Administración totalmente electrónica, interconectada y transparente,
mejorando la agilidad de los procedimientos administrativos y reduciendo los
tiempos de tramitación.
Pues bien, en lo que a
Correos se refiere, esta norma entra en funcionamiento el día 3 de
octubre del presente año y afecta considerablemente en las Notificaciones que
hacen las Administraciones a los ciudadanos, concretamente en los plazos y forma de notificar:
Artículo 42. Práctica de las notificaciones en papel.
1. Todas las notificaciones que se practiquen en papel deberán
ser puestas a disposición del interesado en la sede electrónica de la
Administración u Organismo actuante para que pueda acceder al contenido de las
mismas de forma voluntaria.
2. Cuando la notificación se practique en el domicilio del
interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la
notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona mayor de
catorce años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Si
nadie se hiciera cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia
en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación,
intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los
tres días siguientes. En caso de que el primer intento de notificación se
haya realizado antes de las quince horas, el segundo intento deberá realizarse
después de las quince horas y viceversa, dejando en todo caso al menos un
margen de diferencia de tres horas entre ambos intentos de notificación.
Correos,
después de un año, no ha hecho absolutamente nada para hacer frente a este
asunto, excepto solicitar, hace un mes, una moratoria de la ley, que no se ha
aceptado. En consecuencia, a fecha de
hoy, Correos no está preparado para cumplir con esta normativa y pretende realizar este servicio con
miles de contratos basura en horario de tarde (contratos a tiempo parcial, 4
horas de lunes a viernes y aún peor 4
horas dos días a la semana).
Sí, es cierto que se genera empleo, pero
no puede ser a cualquier precio ni de cualquier manera. Para CSI·F esta modalidad de contrato no se
puede instaurar en el tiempo y requiere de una negociación ajustada a Convenio,
que hasta ahora no se ha producido.
CSI·F no va a permitir que la falta de
previsión del Gobierno y de Correos afecte al conjunto de la Empresa, aumente la
precariedad en el empleo y modifique sustancialmente las condiciones laborales
de los trabajadores. Las soluciones pasan por un empleo de calidad, mejora en
las condiciones de trabajo, consolidación del empleo, mejor organización y un largo
etcétera de cuestiones que, tanto la
Empresa como la SEPI y el Gobierno, llevan tiempo rehuyendo ante la negativa a
la negociación de un nuevo Convenio, donde se recojan todas estas
cuestiones.
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DEFENDIENDO LA DIGNIDAD DEL EMPLEADO PÚBLICO
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