
Pueden reclamar todas las madres y padres que recibieron la prestación en 2014, 2015, 2016 y 2017. Los que lo hicieron en ejercicios anteriores a 2013 incluido, no tienen derecho a recibir compensación alguna ya que se trata de años tributariamente prescritos. A los que la han cobrado en el presente año y se les ha practicado una retención, se les regularizará la situación en la próxima declaración del IRPF.
Los contribuyentes que recibieron la prestación en 2014 o 2015 lo pueden hacer desde del día 3 de diciembre por la tarde. Los que recibieron la prestación en 2016 y 2017 podrán solicitarla a partir de enero de 2019.
En este enlace encontrarás toda la información necesaria para realizar el trámite. (Los afectados/as únicamente deberán consignar su nombre y apellidos, año en el que recibieron la prestación y su número de cuenta bancaria.)

CSIF TARRAGONA
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Apartado de Correos 1335 43070-Tarragona
Telf.: 977-233225 Móvil: 655 514 060 Fax: 877 441 434
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