Sí, ha sido silenciada por el enorme debate acerca del Registro de la
Jornada Laboral. De ahí que CSIF sienta el deber
de recordar esta nueva medida a todos los empleados de Correos que lo necesiten. Desde el pasado 8 de marzo, la
reforma del artículo 34 del Estatuto
de los Trabajadores nos permite pedir un cambio en nuestra
jornada laboral para conciliar vida
laboral y familiar, sin
necesidad de reducir jornada ni de asumir una rebaja en la nómina.
Según CSIF, la anterior redacción
del artículo de la Ley de Igualdad de 2007 apenas reconocía de forma
genérica el derecho de adaptación de la jornada. Apelaba para su desarrollo a la
negociación colectiva o a un acuerdo individual con el empresario, que podía
cerrarse en banda. Sin embargo,
ahora el panorama ha cambiado. Tras el Decreto 6/2019 del 1 de marzo, aprobado
por el Gobierno, cualquier trabajador podrá solicitar modificaciones en la
duración o en la distribución de la jornada y en la ordenación del tiempo
de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar
y laboral siempre que sea justificado.
La nueva legislación ya no
permite a Correos hacer oídos sordos, tal y como explica la asesoría jurídica
de CSIF. Si el Convenio no regula el
sistema para solicitar estos horarios adaptados ni los criterios para su
concesión, nosotros podemos presentar igualmente nuestra petición. Correos deberá abrir un proceso de negociación que
se demorará, como máximo, 30 días. Vencido el plazo, deberá comunicar
la decisión por escrito, ya sea aceptando la petición, planteando «una
propuesta alternativa para la conciliación» o bien denegándola, aunque en este
último caso deberá indicar «las razones objetivas en las que se sustenta la
decisión».
CSIF TARRAGONA
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Apartado de Correos 1335 43070-Tarragona
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