Fuente:elmundo.es
Los
afectados por las cláusulas suelo ya pueden desde hoy acogerse al
mecanismo extrajudicial creado por el Gobierno y, por lo tanto,
presentar sus reclamaciones a las entidades bancarias. Así consta en el Real
Decreto Ley que el pasado viernes aprobó el Consejo de Ministros, y que también
ofrece a los bancos la posibilidad de estudiar de manera individualizada cada
caso y decidir si, efectivamente, realizó un cobro indebido mediante el uso de
una cláusula suelo opaca.
En
caso de que la entidad considere que no cometió ninguna irregularidad, tendrá
que remitir al cliente un documento explicando por qué rechaza su solicitud, a
lo que éste podrá responder acudiendo a la vía judicial. Si, por el contrario,
el banco estima que sí existe un cobro irregular por su parte, la
entidad tendrá un plazo de tres meses para remitir un cálculo de la devolución
y llegar a un acuerdo con el afectado. En la cifra deberán estar
incluidos los intereses, y si el cliente considera que la suma es inferior a lo
que le corresponde siempre podrá acudir a la Justicia.
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En
cuanto a la cantidad que los afectados deberán recibir, ésta variará de manera
sensible en función de cada caso y lo mismo ocurrirá con la suma que se deberá
pagar a Hacienda. Lo que sí está claro, ya que así lo han explicado tanto el
Ministerio de Hacienda como el de Economía, es que finalmente los
intereses no tributarán a pesar de que en un principio incluso el
ministro Montoro había señalado lo contrario.
Sin
embargo, el decreto aprobado por el Gobierno deja claro que no se pagará por
este concepto y que, como ya parecía claro, ninguna de las cantidades
percibidas se integrarán en la base imponible. Por lo tanto, la única
regularización que se deberá hacer con Hacienda es la que corresponda a la
excesiva deducción por vivienda habitual, por rendimientos de
actividades económicas o del capital inmobiliario.
Ejemplos de tributación
Con
esta novedad en la tributación ya aclarada, los Técnicos de Hacienda (Gestha)
han realizado diferentes simulaciones que incluyen cuánto deberá pagar el banco
y, a su vez, qué parte se abonará a Hacienda. El caso base es siempre el de un
préstamo de 180.000 euros, a 15 años, firmado el 1 de enero de 2002 por una
pareja que presenta declaraciones individuales de IRPF.
En
uno de los cálculos, la hipoteca tiene un tipo de Euribor + 0,75% y una
cláusula suelo del 2,5%. En este caso, la entidad bancaria deberá restituir
2.211 euros al cliente en concepto de diferencia de intereses hipotecarios
acumulados, esto es, lo que el afectado pago de más como consecuencia del
efecto de la cláusula suelo. A esta cifra hay que sumar otros 174 euros por
intereses de demora, lo que hacen un total de 2.385 euros. Hacienda, por su
parte, se quedará con 234 euros en concepto por el exceso de deducción,
cantidad que cada afectado deberá añadir a la cuota líquida de la
autoliquidación del año en el que reciba el dinero y que supone
casi un 10% del total de la devolución. De esta forma, el cliente se
quedará con algo más de 2.000 euros.
En
otro de los cálculos, la hipoteca fue concedida con un tipo Euribor +0,5%, y el
banco incluyó una cláusula suelo opaca del 3%. En este supuesto, el afectado
debería recibir 5.268 euros por los abonos excesivos que realizó como
consecuencia de la cláusula, más 540 euros en concepto de intereses, lo que
hace un total de 5.811 euros. Hacienda, por su parte, reclamará 423 euros por
las deducciones, que suponen algo más de un 7% del pago, y el
afectado se quedará con 5.388 euros.
Gestha
también ha realizado estos mismos cálculos pero partiendo de que el mismo
crédito se concedió para comprar un inmueble puesto en arrendamiento por un
particular, o que lo solicitó un autónomo para comprar un inmueble para su
negocio. En estos casos, la actualización se debe realizar por las excesivas
deducciones de rendimientos de actividades económicas o del capital
inmobiliario. Las sumas a pagar a Hacienda en estos supuestos son superiores.
Así, si la cláusula suelo es del 2,5% el abono será de 443 euros, mientras que
si el tope está en el 3% la regularización asciende a 808 euros.
En
todas las simulaciones se incluyen sólo las deducciones realizadas desde 2012, ya
que las declaraciones anteriores han prescrito ya. De hecho, los Técnicos
de Hacienda recuerdan que en junio de este año prescribe la del año 12, por lo
que si el acuerdo se alcanza después de esta fecha no habrá que regularizar las
deducciones de ese ejercicio.
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