
La Ley de Presupuestos Generales del
Estado para 2017, establece un derecho de opción para conservar la condición de
mutualistas a favor de los funcionarios de la Administración Civil del
Estado que accedan, por el procedimiento de promoción interna, a ciertos
Cuerpos o Escalas administrativos pertenecientes al Régimen General de la
Seguridad Social.
La disposición final 6º de la Ley
3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017
(LPGE17) ha procedido a la modificación de los artículos 7 y 8, y de la
disposición adicional primera, del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto
Legislativo 4/2000, de 23 de junio, (LSSFCE) otorgando un derecho de opción a
los mutualistas que causen, o hayan causado, baja en MUFACE para mantener o, en
su caso, recuperar el alta en MUFACE en dos supuestos:
· Cuando accedan por
promoción interna a Escalas de Organismos Autónomos, y
· Cuando habiendo sido
transferidos a las Comunidades Autónomas accedan por promoción interna a
Cuerpos o Escalas propios de la Comunidad Autónoma de destino.
Esta modificación normativa permite a
estos funcionarios conservar o, en su caso, recuperar la condición de
mutualistas obligatorios de MUFACE, aunque a efectos de pensiones estén
encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social, recibiendo un
tratamiento “híbrido” similar al de los funcionarios de nuevo ingreso desde el
1 de enero de 2011, que a efectos de pensiones ya no se integran en el Sistema
de Clases Pasivas del Estado.
Para mayor información consulte la
siguiente nota informativa
El derecho deberá ejercitarse, por una
sola vez y con carácter general, en el plazo de quince días desde la toma de
posesión en el nuevo Cuerpo o Escala mediante la cumplimentación del impreso de solicitud normalizado
disponible a través de la página web de la Mutualidad, en “descarga de
impresos”, que se dirigirá al Servicio Provincial de MUFACE u Oficina Delegada
de adscripción, pudiendo presentarse en cualquiera de los registros u oficinas
a los que alude el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Aquellos funcionarios que se encontraran en esta situación a la entrada en
vigor de la Ley de Presupuestos dispondrán de un plazo hasta el 31 de diciembre
de 2017 para poder ejercitar su derecho.

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