SINTESIS CALENDARIO LABORAL 2012
DÍAS DE ASUNTOS PARTICULARES
Período de disfrute: hasta el 31 de diciembre de 2012
Excepción: Si por necesidades del servicio no fuera posible el disfrute durante al año 2012 se prorrogaría hasta el 31 de enero de 2013.
NOTA: Antes del inicio del período vacacional se procurará haber disfrutado el 50% de los días de aapp. Es posible unirlos al período vacacional si fuera compatible.
DÍAS ADICIONALES DE AAPP POR ANTIGÜEDAD (TRIENIOS)
SÓLO para el personal funcionario. A partir del 6º trienio. Se podrán disfrutar hasta el 31 de diciembre y, si por necesidades de servicio no fuera posible, se prorrogaría el plazo hasta el 31 de enero de 2013.
VACACIONES POR DÍAS HÁBILES
SÓLO para el personal funcionario. El que quiera solicitar sus vacaciones por días hábiles podrá hacerlo (22 días hábiles, recuerda los sábados no se consideran hábiles), teniendo en cuenta los criterios establecidos en lo firmado en el Acuerdo 2009/2013.
CAMPAÑA DE NAVIDAD
Comprenderá el período del 1 al 31 de diciembre de 2012 –ambos inclusive-. Se podrán disfrutar hasta dos días de permiso (asuntos propios, días adicionales a las vacaciones, o días adicionales por antigüedad) sin penalización de la "bufanda" a elegir entre los días 5, 7 y 26 -27 donde el 26 sea festivo, como es el caso de Cataluña.
SEMANA SANTA
En los días festivos de Semana Santa prestará servicio el personal mínimo indispensable.
El personal que trabaje el sábado Santo será el mínimo imprescindible en las unidades operativas que desarrollen su actividad.
Y CSIF NO VA A CESAR EN SU EMPEÑO PARA QUE SE DEJEN DE PRESTAR SERVICIOS EN RED DE OFICINAS ASÍ COMO EN LOS SERVICIOS RURALES QUE ACTUALMENTE LOS ESTÁN PRESTANDO
CSIF, SINDICATO PROFESIONAL E INDEPENDIENTE
No hay comentarios:
Publicar un comentario