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lunes, 4 de julio de 2016

MODIFICACIONES EN LA CONTRATACIÓN: CSIF EXIGE TRANSPARENCIA Y DENUNCIA LA PRECARIEDAD



CSI·F, como representante de los trabajadores de Correos, y organización sindical más importante en la Administración Pública, te informa sobre el contenido de la reunión de la Comisión de Empleo Central, convocada por Correos el pasado 30 de junio, donde se expusieron los nuevos criterios de los contratación temporal, a raíz del Requerimiento de la Inspección de Trabajo y del Pronunciamiento del Tribunal Supremo.

CSIF exigió que se modificara el sistema de contratación debido al agotamiento de las bolsas con el actual sistema, ya que en los casos de vacaciones y permisos retribuidos -sin reserva de puesto de trabajo-, se debería  hacer un contrato de interinidad y no  por circunstancias de la producción lo que limita el poder trabajar más de 6 meses  a miles de eventuales.

En la reunión del 30 de junio, se aceptaron algunas de las propuestas que reivindicamos, aunque la puesta en marcha de las mismas sea para el próximo año 2017, ya que según la empresa se requiere un PERIODO DE TRANSICIÓN, para actualizar todos los sistemas informáticos. En este período transitorio se van a seguir las siguientes fases de creación del sistema, prueba en Zona, implantación piloto y prueba general.

Regulación de contratos de la producción, el esquema queda como sigue para la gestión de la contratación temporal:

Antes, 1 ciclo de 180 días…

  -Por acumulación de tareas, componente de absentismo, reestructuración de servicios…

Con la nueva regulación:

1-Contrato eventual por circunstancias de la producción:
(3 ciclos de 180 días cada uno, por tres causas diferentes…)

  -Por acumulación de tareas, componente de absentismo, reestructuración de servicios…, 180 días de contrato.


  -
Insuficiencia de plantilla vacaciones (sustituir  trabajadores en vacaciones y días adicionales de vacaciones), 180 días de contrato.


  -
Permisos y licencias (sustituir trabajadores en otros permisos), 180 días de contrato.

2-Regulación de contratos de interinidad:
Además del contrato eventual por circunstancia de la producción, también puede serle adjudicado contratos de interinidad que no tienen el límite de 180 días (por comisión de servicio, liberación sindical, bajas por enfermedad, adopciones, maternidad y paternidad).
 
Con el nuevo sistema, el tiempo de contratación de una persona es mucho mayor, ya que en un período de 12 meses tendría hasta un máximo de 540 días (18 meses), y además, puede serle adjudicado un contrato de interinidad.

CSIF valora de forma positiva estos cambios, debido a la prolongación de la contratación del personal eventual que está en bolsas, y se acabe con la limitación de los 6 meses de contrato anuales. Desde CSIF hemos exigido a la dirección de Correos la necesidad de mejorar la contratación del personal eventual lo cual ha dado sus frutos, y seguiremos exigiendo una mayor transparencia en la contratación y un empleo de mayor calidad.

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