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jueves, 8 de marzo de 2012

GRADOS DE PARENTESCO

El parentesco (vínculo existente entre las personas que pertenecen a la misma familia) de una persona respecto de otra, se determina por el número de generaciones que las separan.

La línea de sucesión puede ser recta, formada por personas que ascienden o descienden unas de otras (abuelos, padres, hijos, nietos), o colateral, formada por personas que proceden de un mismo tronco común (hermanos, tíos, sobrinos).

El cómputo de los grados de parentesco se realiza de forma distinta según la línea de sucesión:

•En la línea recta: Los grados se cuentan subiendo hasta el ascendiente o descendiente común dependiendo de si la línea es ascendente o descendente. Así, en línea ascendente, el hijo dista un grado del padre, dos del abuelo y tres del bisabuelo; en la línea descendente, el abuelo dista un grado del padre, dos del nieto y tres del biznieto.

•El la línea colateral: Los grados se cuentan subiendo en primer lugar hasta el tronco común (como en la línea recta) y, en segundo lugar, descendiendo hasta la persona respecto de la que se pretenda establecer el grado de parentesco. Así, el hermano dista dos grados del hermano (el primer grado sería el padre en línea recta que constituiría el tronco común, y el segundo sería el hermano que, como hijo, dista del padre otro grado), tres del tío (el primer grado sería el padre, el segundo el abuelo y el tercero el hijo del abuelo, esto es, el tío), cuatro del primo (el primero sería el padre, el segundo el abuelo, el tercero el tío y el cuarto el primo).

También debe distinguirse entre el parentesco por consanguinidad y el parentesco por afinidad. El primero se da respecto de la propia familia, y el segundo respecto de la familia del cónyuge, computándose los grados de la misma forma.

En el siguiente cuadro se reflejan los grados de parentesco, tanto por línea recta y colateral, como por consanguinidad y afinidad.


GRADOS
    TITULAR/CÓNYUGE
1º     Grado  PADRE/MADRE SUEGRO/SUEGRA HIJO/HIJA YERNO/NUERA
2º      Grado ABUELO/ABUELA HERMANO/HERMANA CUÑADO/CUÑADA NIETO/NIETA
3º      Grado BISABUELO/BISABUELA TÍO/TÍA SOBRINO/SOBRINA BIZNIETO/BIZNIETA
4º     Grado  PRIMO/PRIMA

RECUERDA: SÓLO GENERA DERECHO A PERMISO RETRIBUIDO EL 1º Y 2º GRADO

LOS EMPLEADOS PÚBLICOS SOMOS INDISPENSABLES

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