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jueves, 4 de julio de 2019

Esto es muy importante en Correos, donde el 22 % de la plantilla trabaja a tiempo parcial



¬ La nueva sentencia del Tribunal Constitucional (TC) señala que la pensión de los trabajadores a tiempo parcial ya debe computar como si trabajasen una jornada completa. 

¬ CSIF recuerda que ahora debe publicarse en el BOE y lamenta que esta medida venga sin carácter retroactivo para los que ya están cobrando pensión. 


La pensión de los trabajadores a tiempo parcial ya debe computar como si trabajasen una jornada completa. Así acaba de establecerlo una sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que ha declarado nulo el actual sistema para calcular las pensiones de trabajo a tiempo parcial. Una sentencia que recoge la petición del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y que la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) celebra en empresas públicas como Correos donde, a día de hoy, el porcentaje de la plantilla, que trabaja a tiempo parcial, es alarmante: 22%.

De cara al futuro, CSIF avisa que esta modificación supondrá una subida de las pensiones a tiempo parcial cuyas horas trabajadas computan en la actualidad menos que las horas de una jornada a tiempo completo. Así, para que una persona que trabaja a tiempo parcial obtuviese una pensión equivalente a la de un trabajador a tiempo completo, debería trabajar 1,5 más de tiempo. Sin embargo, a partir de ahora, CSIF entiende que ya no será así. Los contratos a tiempo parcial ya no añadirán una reducción del periodo de cotización para establecer la cuantía de la pensión.


El sindicato recuerda que el Gobierno está estudiando esta sentencia y, aunque se encuentran a la espera de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ya se está estudiando los plazos de aplicación y analizando los cambios necesarios en las aplicaciones informáticas. Pero ni será retroactiva para los que ya están cobrando pensión ni, a fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la declaración de nulidad no afectará ni a los conflictos individuales juzgados con anterioridad ni a las situaciones administrativas decretadas en firme.




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