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martes, 19 de agosto de 2014

MODIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DE LOS PROCESOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL EN LOS PRIMEROS 365 DÍAS DE SU DURACIÓN

defensa   



Con fecha de 1 de septiembre de 2014, entrará en vigor el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración.
La referida norma modifica de forma muy sustancial la gestión de las incapacidades temporales por enfermedad o accidente común, de tal forma que, la emisión de los partes de baja ya no se realizará como hasta el presente se venia haciendo, sino que los facultativos tendrán unas tablas de referencia y en función del tiempo estimado de recuperación, que se determina en cuatro tramos, se emitirán los partes de baja con una u otra periodicidad.
Por otra parte, este Real Decreto viene a endurecer,  el control que la inspección tiene sobre los pacientes, pudiendo llegar a retirar la prestación en caso de incomparecencia no justificada.
A nuestro modo de ver, este Real Decreto puede caer en preocupantes contradicciones con el Proyecto de modificación de la Ley de Mutuas, actualmente en trámite parlamentario.

CSIF CORREOS TARRAGONA, TÚ REFERENTE INFORMATIVO

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