Hoy 1 de septiembre de
2014, entra en vigor el
Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados
aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en
los primeros 365 días de su duración.
La referida norma
modifica de forma muy sustancial la gestión de las incapacidades temporales por
enfermedad o accidente común, de tal forma
que, la emisión de los partes de baja ya no se realizará como hasta el presente
se venía haciendo, sino que los facultativos tendrán unas tablas de referencia
y en función del tiempo estimado de recuperación, que se determina en cuatro
tramos, se emitirán los partes de baja con una u otra periodicidad.
Por otra parte, este Real Decreto viene a endurecer, el control que
la inspección tiene sobre los pacientes, pudiendo llegar a retirar la
prestación en caso de incomparecencia no justificada.
A nuestro modo de
ver, este Real Decreto puede caer en preocupantes contradicciones con el
Proyecto de modificación de la Ley de Mutuas, actualmente en trámite
parlamentario.
CSIF
CORREOS TARRAGONA, TÚ REFERENTE INFORMATIVO
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