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martes, 17 de marzo de 2015

RECONOCIMIENTOS MÉDICOS…UN DERECHO, NO UNA OBLIGACIÓN

   

Hemos recibido por parte de la empresa el documento en el que se nos informa del inicio del plan de vigilancia de la salud para este año 2015.

En él Correos vuelve reiterar el error, como en años anteriores, de calificar como obligatorios los reconocimientos médicos para determinados colectivos como Reparto 1 (moto) y Agentes Clasificación 1.

Desde CSIF en todas las reuniones de la Comisión Estatal de Salud Laboral en las que se ha planteado esta cuestión, siempre hemos manifestado que los reconocimientos médicos es obligación de Correos el ponerlos a disposición de los/as trabajadores/as, siendo asimismo un derecho del personal el prestarse a hacerlos o no. NUNCA UNA OBLIGACIÓN.

Con relación al personal que habitualmente conduce vehículos, es la Dirección General de Tráfico el organismo competente para establecer quien está o no apto para la conducción y el que regula los mecanismos de renovación de permisos y requerimiento de capacitación, incluida la parte médica.

Por otro lado, hay diferentes requerimientos favorables a los/as trabajadores/as emitidos por diferentes Direcciones Generales de Inspección de Trabajo y más, jurisprudencia del Tribunal Constitucional que dictamina que existe una clara base constitucional a tenor de la conexión íntima entre los reconocimientos médicos y derechos fundamentales como el de la intimidad personal, la conformidad libre, voluntaria e informada del trabajador para la vigilancia y protección de su salud frente a los riesgos del trabajo.

Desde CSIF, lo hemos puesto en conocimiento al responsable del Servicio de Prevención de Correos, esperando rectificación por su parte.


CSIF, DEFENDIENDO LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

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